lunes, 13 de octubre de 2014

PROYECTO DE REFORMA FISCAL


IMPUESTO DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS
  • Rendimientos del trabajo: La exención aplicable a las indemnizaciones por despido se modifica.
  • Rendimientos del capital inmobiliario: La deducción  por alquiler aplicable a los menores de 30 años queda suprimida.
  • Rendimientos de capital mobiliario: Planes Individuales de Ahorro (PIAS):Se reduce  de 10 a 5 años su duración mínima.
  • Se crea un Plan de ahorro a largo plazo, de tal forma que quedarán exentas las rentas generadas  por los depósitos y seguros de vida cuando las cantidades aportadas sean inferiores a 5.000 euros.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales:
  • Quedan suprimidos los coeficientes de abatimiento existentes desde el año 1996.
  • Se reducen los tipos impositivos aplicables a la base liquidable del ahorro.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES:
  • Se modifican los tipos de gravamen.
  • Se permite a un no residente, en determinadas condiciones, tributar como contribuyente por IRPF  de forma que la plusvalía obtenida por la venta de la vivienda habitual en territorio Español quede exenta de gravamen siempre que se reinvierta el importe obtenido en la adquisición de una nueva vivienda habitual.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:
  • Se reduce el tipo de gravamen general, pasando del 30% al 25%.Para entidades de nueva creación se mantiene en un 15%.
  • Bases imponibles negativas: se modifica el tratamiento de su compensación y se establece un periodo máximo de 10 años para que la Administración pueda revisarlas.
  • Se modifican los pagos fraccionados para los períodos que se inicien a partir de Enero 2015.
  • Operaciones vinculadas: Se elimina la consideración de vinculación respecto a la retribución satisfecha por la sociedad a sus administradores o consejeros por el ejercicio de sus funciones

miércoles, 8 de enero de 2014

CODIGO INTERNACIONAL DE CUENTA BANCARIA (IBAN)



¿Qué es?

Cada país dispone de un sistema y unas normas de identificación de cuentas bancarias propios y no pueden aplicarse las normas de otros países. Esta diversidad provoca que en los pagos internacionales existan retrasos, incidencias y costos no deseados.


El Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) resuelve esta situación pues es un número de identificación que permite validar internacionalmente una cuenta bancaria. El IBAN facilita a todos los países la identificación homogénea de las cuentas bancarias existentes en cada uno de ellos.

Tanto el IBAN como el CCC (código cuenta cliente en el estándar español de cuentas) identifican la misma cuenta.


Formato

El IBAN consta de un máximo de 34 caracteres alfanuméricos, en función del país. Los dos primeros son de carácter alfabético e identifican al país. Los dos siguientes son dígitos de control que permiten verificar la exactitud del IBAN y los restantes son el número de cuenta bancaria.

El formato español del IBAN consta de 24 dígitos y se forma de la siguiente manera:

· ES (código del país)

· Número de control ( 2 dígitos)

· C.C.C. completo de la cuenta corriente ( 20 dígitos)

Hay que distinguir entre el formato electrónico y el formato papel del IBAN:

- formato electrónico: se realiza con todos los dígitos seguidos

- formato papel: las iniciales “IBAN” preceden al IBAN y van seguidas de un espacio. El IBAN se divide    en grupos de cuatro caracteres seguidos por un espacio. El último grupo tienes una extensión variable de    hasta cuatro caracteres.


Ejemplos:

- C.C.C.:                   2100 0111 22 1234567899

- IBAN electrónico:  ES7721000111221234567899

- IBAN papel:          IBAN ES79 2100 0111 2212 3456 7899




CODIGO INTERNACIONAL DE IDENTIFICACION BANCARIA (BIC o SWIFT)


A diferencia del IBAN que identifica una cuenta, el BIC o SWIFT es el código internacional que permite una identificación única de cada entidad de crédito y de sus oficinas .

Al efectuar un pago transfronterizo es importante informar el IBAN del beneficiario y el código BIC de la entidad destinataria. Si por el contrario se reciben pagos del extranjero interesa informar en todas las facturas nuestro IBAN y el código BIC.


Ejemplos:

- BIC de La Caixa:               CAIXESBBXXX

- BIC de Banco Sabadell:     BSABESBBXXX