Las principales novedades, a nivel de seguridad social, introducidas por dicha norma son:
Topes máximos y mínimos de las bases de cotización:
- Tope máximo: 3.606,- euros mensuales
- Tope mínimo: cuantía del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento incrementada en un sexto.
Tipos de cotización:
- Contingencias comunes: 28,3% ( 23,6% a cargo de la empresa y 4,7% a cargo del trabajador
- Accidentes de trabajo: se mantienen las vigentes, únicamente a cargo de la empresa.
- Desempleo: 7,05 para contratos indefinidos, contratos con trabajadores discapacitados, contratos de duración determinada en prácticas y para la formación, relevo e interinidad. (5,5% a cargo empresa, 1,55% a cargo trabajador).
- El tipo se incrementa al 8,3% para los contratos de duración determinada.(6,7% a cargo de la empresa, 1,6% a cargo trabajador)
- Fogasa : 0,20% a cargo exclusivo de la empresa
- Formación profesional: 0,70% (0,10 a cargo empleado, 0,60 a cargo empresa).
Cotización trabajadores autónomos:
Base máxima: 3.606,- euros mensuales
Base mínima: 884,40,- euros mensuales
Tipo de cotización trabajadores autónomos:
Será del 29,80% o el 29,30% si el interesado está cogido a la protección por contingencias profesionales. Cuando el interesado no tenga cubierta la protección por incapacidad temporal, será de un 26,50%.
Cotización por cese de actividad: 2'2%
Revalorización de pensiones:
Experimentan con carácter general un incremento del 0,25%, el importe máximo a percibir no podrá superar la cuantía íntegra de 2.560,88 euros mensuales.
Aplazamiento de la entrada en vigor de la ampliación del permiso de paternidad:
La entrada en vigor de la normativa que ampliaba el permiso de paternidad a cuatro semanas dicho permiso, se aplaza nuevamente hasta el día 1 de Enero de 2016
Aplazamiento de la posibilidad de actividad a tiempo parcial del los trabajadores por cuenta propia:
Se aplaza su entrada en vigor también hasta 1 de Enero 2016
Indicador Público de renta a Efectos Múltiples (IPREM)
- Diario: 17,75 euros
- Mensual: 532,51 euros
- Anual: 6.390,13 euros
Salario mínimo interprofesional
Se fija en 21,61 euros/día o 648,60 euros/mes
En el salario mínimo se computará únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda minorar la cuantía íntegra de aquel.
Interés legal del dinero
Se fija en un 3,5% hasta 31 de Diciembre 2015
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